¿Cómo pagar menos en el Impuesto sobre Sociedades?

12 de mayo de 2021

El Impuesto sobre Sociedades (IS) es obligatorio para todas las empresas y personas jurídicas y grava los beneficios obtenidos a lo largo del año.


1. Amortiza los bienes de tu empresa


Las amortizaciones son reducciones en el valor de los activos o pasivos para reflejar en la contabilidad cambios en el precio del mercado u otras reducciones de valor.
A través de estas, puedes reducir tu Impuesto de Sociedades siempre que seas una empresa de reducida dimensión. ¿Cómo?


Libertad de amortización: si adquieres un inmueble para tu empresa, puedes amortizar
(considerar como gasto) esa inversión creando empleo. Por cada puesto, puedes amortizar 120.000€ de ese inmovilizado material.


Amortización acelerada: si tienes una empresa pequeña, puedes acelerar la amortización del inmuebles o inmovilizado intangible multiplicando por dos el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización aprobadas en el BOE.


2. Amortiza libremente las inversiones de escaso valor


Podrás amortizar libremente los elementos del inmovilizado material, cuyo valor unitario no exceda los 300€ hasta el límite de 25.000€ durante un período impositivo.


3. Deduce las pérdidas por deterioro de tus créditos


Deduce las pérdidas por el deterioro de los créditos que tengas, hasta un límite del 1% sobre los deudores existentes a la conclusión del período impositivo.


¿Cuándo son deducibles?


Cuando haya transcurrido el plazo de seis meses desde el vencimiento de la obligación. Que el deudor esté declarado en situación de concurso.


Que el deudor esté procesado por el delito de alzamiento de bienes.


Que las obligaciones hayan sido reclamadas judicialmente o sean objeto de un litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya solución dependa su cobro. Esto solo es aplicable para empresas de reducida dimensión.


4. Deduce los gastos por atenciones a cliente y proveedores


Para deducir estos gastos, estos no podrán exceder en más de un 1% el importe neto de la cifra de negocios.


5. Deduce el deterioro por insolvencia de un crédito adeudo por un ente público


En este caso, puedes deducir el deterioro por insolvencia de un crédito de un ente público cuando sea objeto de un procedimiento arbitral o judicial.


6. Utiliza la reserva de nivelación


Este truco se trata, en realidad, de una aplazamiento de la tributación durante un plazo
máximo de cinco años.


La reserva de nivelación es una reducción en la base imponible positiva hasta un 10% de su importe, sin superar el millón de euros. Solo las empresas de reducida dimensión pueden aplicarlo.


El objetivo de esta reducción es que en el ejercicio en el que se obtengan beneficios no se tribute por una parte de ellos; ya que se espera que en los próximos ejercicios se obtengan bases imponibles negativas que compensarán las positivas actuales.


7. Descubre los contratos de arrendamiento financiero


Los beneficios fiscales para contratos de arrendamiento financiero permiten que amortices fiscalmente un bien de forma acelerada, mientras dura el contrato de arrendamiento. Así, reduces la carga impositiva en esos ejercicios aplazando el pago del Impuesto sobre Sociedades si eres una empresa de reducida dimensión.


¿Cuáles son los requisitos?


Que el arrendador sea una entidad de crédito o un establecimiento financiero de crédito. Que la duración del contrato sea de, al menos, dos años para bienes muebles y 10 para bienes inmuebles.


Que en las cuotas de arrendamiento financiero se diferencie la parte correspondiente a la recuperación del coste del bien y la carga financiera.


Que la parte correspondiente a la recuperación del coste del bien sea constante o creciente.


8. Compensa las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores


Si en ejercicios anteriores has tenido una base imponible negativa podrás compensarlo con el Impuesto sobre Sociedades.


Se pueden dar dos casos:


Que la base imponible negativa esté por encima del millón de euros: en este caso podrás compensar hasta el 60% de la base imponible previa.


Que la base imponible negativa esté por debajo del millón de euros: podrás compensar el 100%.


9. Recurre a la reserva de capitalización


Las empresas que tributen al tipo general o de nueva creación, sin importar el tamaño, podrán reducir la base imponible hasta un 10% de su importe si apuestan por la autofinanciación. ¿Cómo? Tendrán que haber incrementado los fondos propios y mantener ese incremento de forma continuada durante al menos 5 años y dotar una reserva por el importe de la reducción.


10. No pagues dos veces con la exención para eliminar la doble imposición


Para evitar que las empresas españolas que han tributado en el extranjero lo hagan también en España; deberán tener una renta positiva obtenida de la transmisión de la participación de entidades.


Esta ha de ser, al menos, del 5%, o su valor de adquisición superar a 20.000.000€.
Este porcentaje se deberá poseer de manera ininterrumpida durante el año anterior al día en que sea exigible el beneficio que se distribuya o, en su defecto, se deberá mantener posteriormente durante el tiempo necesario para completar dicho plazo.


11. Consigue deducciones creando empleo


Las empresas de nueva creación, al contratar a su primer trabajador (con contrato indefinido de apoyo a emprendedores) podrán deducirse de la cuota íntegra la cantidad de 3.000€. Además, en las empresas con plantillas inferiores a 50 trabajadores podrán deducir de la cuotaíntegra el 50% del menor de los siguientes importes, siempre que realicen contrato de trabajopor tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.

 

También existen deducciones por contratar a personas con discapacidad.


12. Consigue deducciones por actividades de investigación y desarrollo e innovación
tecnológica.


También para nuevas empresas, podrás deducirte los gastos de investigación y desarrollo o así como las inversiones en elementos de inmovilizado en estos ámbitos.
Empleando los trucos que sean aplicables a tu tipo de empresa y a tus propias circunstancias, podrás reducir la cuenta a pagar en el Impuesto sobre Sociedades.

16 de mayo de 2025
Las entidades están intensificando la lucha contra el fraude fiscal y la financiación del terrorismo
16 de mayo de 2025
Llevamos ya varios años en los que la inversión en criptomonedas está en auge, alcanzando una gran popularidad en nuestro día a día tanto por sus defensores como por sus detractores. En cambio, un tema más desconocido son las implicaciones fiscales de este tipo de inversiones.
6 de mayo de 2025
Cada vez son más las personas que, individualmente y sin contar con el apoyo de otros socios, se animan a crear sociedades unipersonales de forma que es habitual en nuestros despachos la consulta sobre cómo podemos llegar a constituir dichas sociedades y qué implicaciones jurídicas tiene el hecho de que sea una única persona quien las constituya.
6 de mayo de 2025
Echan a una trabajadora el mismo día que la readmiten por otro despido: la empresa tendrá que indemnizarla con 50.000 euros por ser improcedentes ambos
6 de mayo de 2025
El TEAC fija las fechas para calcular la devolución tributaria de importes retenidos en la causa
6 de mayo de 2025
La estadística del INE acumula ya ocho meses de alzas consecutivas
22 de abril de 2025
El Tribunal Superior de Justicia de Santander (TSJS) determina que la imposibilidad de reincorporar a un trabajador en excedencia voluntaria por falta de plaza y su creación en un futuro supone el despido improcedente del empleado con su correspondiente indemnización. El tribunal, en un fallo del 6 de marzo de 2.025, resuelve el caso de un trabajador laboral de una Administración Pública que pidió una excedencia voluntaria de cinco años.
22 de abril de 2025
El TEAC rechaza la escritura de declaración de obra nueva como prueba El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) señala que los contribuyentes solopodrán justificar ante Hacienda que la vivienda le ha costado más que el precio inicial deadquisición por la realización de obras mediante las facturas de dichas obras.Acreditación  Acreditar al fisco el precio de compra de un inmueble o local es importante entre otrosasuntos puesto que, a la hora de venderlo, el contribuyente tendrá que pagar impuestos porlas ganancias. Por lo que si el coste de adquisición al final fue mayor por las obras realizadas,podría minorar la factura fiscal tras un venta. El TEAC, en una resolución del 31 de marzo de 2025, aclara que el contribuyente no puedeacreditar el importe de adquisición a través del valor que se le da al inmueble tras la obrarealizada. Indica que la escritura de obra nueva solo prueba la fecha de la declaración deampliación de la obra finalizada, pero no el precio que costó la obra. "A los efectos dedeterminar el valor de las obras efectuadas no podemos admitir, sin mayor prueba, el valorrecogido en la escritura de declaración de obra nueva. Justificar con facturas Es necesario acreditar el importe realmente invertido, que deberá estar justificado porfacturas o documentos que prueben que se ha realizado dicha obra, que se trata de unamejora y no de un gasto de reparación o conservación, que el importe asciende al valordeclarado por el interesado, y que ha sido abonado por éste", recuerda el TEAC. E incide en que, además, las escrituras de declaración de obra no prueban que el dueño delinmueble es quien ha sufragado los gastos.
10 de abril de 2025
La afectada ejercitó la vía del desahucio en precario para lograr echarlo
10 de abril de 2025
La venta es nula de pleno derecho si el resto de comuneros integrantes de la comunidad postganancial no prestan su conformidad al acto dispositivo
Show More