Cómo hacerse tutor legal de una persona mayor y qué implica

5 de octubre de 2023

Persona mayor incapacitada sonriendo mientras la persona designada como su tutor legal la
coge de la mano.


Existen diferentes características o situaciones que pueden convertir a una persona en
incapacitada. Es decir, que no puede valerse por sí misma en el ejercicio de sus
responsabilidades y derechos ni velar por ella misma y su patrimonio.

 

En este contexto, las autoridades judiciales designarán a un tutor legal para que se encargue
de cubrir las necesidades básicas de esta persona, cuidarlo y garantizar su bienestar. En este
artículo encontrarás toda la información sobre cómo hacerse tutor legal de una persona
mayor.

 

¿Qué es ser tutor legal de una persona mayor?


Ser tutor de un mayor implica una serie de obligaciones que tienen como fin último velar por
el bienestar y la seguridad del tutelado. Para ello, es fundamental cubrir todas sus necesidades
básicas como vivienda, alimento, sanidad…

 

El tutor será también responsable de la administración de los bienes, así como de ciertos
procesos administrativos extraordinarios, habiendo de dar cuenta de ello ante las autoridades
judiciales.

 

¿Quiénes pueden ser tutores?


Para realizar según qué trámites, como hacerse tutor legal de una persona mayor, se ha
cumplir lo establecido por la ley. En este caso si un mayor es declarado incapacitado, se exige
que el juez le asigne un tutor de acuerdo a la prioridad establecida en el Código Civil :

 

Persona designada por el tutelado
Cónyuge que convive con él
Padres
Personas designadas por él en las disposiciones de última voluntad
Al descendiente, ascendiente o hermano asignado por el juez
Si la persona mayor incapacitada no tiene familiares ni ningún tipo de apoyo social, se puede
designar como tutor a una persona jurídica como una fundación tutelar.

 

En cualquier caso, el objetivo de este nombramiento es ofrecer el apoyo y protección que la
persona mayor necesita por lo que la decisión tomada dependerá no solo de este orden sino
también de la idoneidad de los candidatos.

 

¿Y quién no?


A pesar de esta jerarquía impuesta por la ley, las autoridades judiciales pueden modificar este
orden prioritario y otorgarle la tutela a otra persona en base a lo recogido por el Código Civil,
que establece que NO podrán ser tutores legales de una persona mayor aquellos que:

 

Por resolución judicial esté privados o suspendidos en el ejercicio de la patria potestad o total
o parcialmente de los derechos de guarda y educación
Hayan sido cesados legalmente de una tutela anterior
Hayan sido condenados con sentencia de pena privativa de libertad
Hayan sido condenados por algún delito que dé por supuesto que no ejercerán
adecuadamente su labor
Además, el juez también puede no conceder una tutela por otros supuestos como la
imposibilidad de hecho o por enemistad entre ellos, por ejemplo.

 

Obligaciones de un tutor legal


Tal y como indicábamos anteriormente, el principal objetivo a cumplir por el tutor ha de ser
velar por su bienestar e integridad. En este sentido el Código Civil establece unas obligaciones
de carácter patrimonial y personal, que el tutor legal de la persona de mayor ha de cumplir.

 

Económicas


En la esfera económica, el tutor tendrá las siguientes responsabilidades:

Administrar correctamente y sin negligencia los bienes del tutelado
Realizar procesos de administración extraordinarios sobre el patrimonio de la persona
tutelada. Para este tipo de acciones necesitará siempre la autorización judicial.
Personales
En el plano personal, el tutor ha de cumplir con lo siguiente:

 

Abastecerle de alimentos

Promover la capacitación del tutelado y mejorar su inserción social
Informar sobre la situación del tutelado y la gestión de sus bienes
Acompañar y velar por el tutelado

Para ser tutor legal de una persona mayor has de ser nombrado por un juez

 

Cómo hacerse tutor legal de una persona mayor


Para ser tutor legal de una persona mayor primero el juez ha de declarar su incapacitación.
Según el Código Civil, son causas de incapacitación aquellas deficiencias físicas o psíquicas que
impidan a la persona velar por sí misma y sus intereses y ejercer con responsabilidad sus
derechos y deberes sociales.

 

El procedimiento de incapacitación puede iniciarse por los familiares acudiendo a los Juzgados
de Primera Instancia, pero nadie puede ser declarado incapaz si no es en el marco de un
procedimiento judicial.

 

Una vez se declara a una persona como incapacitada, el juez pasa a dictaminar quién será su
tutor legal. Para ello obedecerá en primera instancia a lo que la persona haya decidido en caso
de haber sido previsor y haber dejado por escrito a quién designaba para este cargo. Si el
tutelado no ha designado a nadie, se realizará atendiendo a lo dictaminado por el Código Civil
en el orden y naturaleza de las relaciones personales del tutelado. En cualquier caso, y aunque
sea el juez el encargado de nombrar al tutor, este debe aceptar su cargo.

 

Preguntas frecuentes


Este cargo lleva asociadas, como hemos visto, una serie de responsabilidades y obligaciones a
la vez que tiene también ciertas limitaciones. Esto hace que a menudo aparezcan dudas sobre
qué es ser tutor legal de una persona mayor. Estas son algunas de las preguntas más
frecuentes:

 

¿El tutor legal puede recibir una remuneración económica?


Sí. El tutor legal puede solicitar una remuneración por su trabajo en pro del tutelado y esta
petición será evaluada en función de su desempeño y los rendimientos económicos de la
persona a tutelar.

 

¿Existe algún control sobre el tutor?


La tutela se realizará siempre bajo la supervisión del Ministerio Fiscal que podrá solicitar en
cualquier momento información sobre la situación del tutelado. En cualquier caso, y aunque el

Ministerio Fiscal no lo pida, el tutor legal de una persona mayor ha de informar anualmente
sobre el estado del tutelado y de sus bienes.

 

Una vez nombrado, ¿puede eludir su tutela?


Aunque el nombramiento como tutor lleva asociado el compromiso serio de su desempeño,
existe la excusa del cargo, que se puede esgrimir en los siguientes casos:

 

Edad, enfermedad u obligaciones profesionales o personales
No disponer de medios o recursos suficientes para ejercer correctamente la tutela
Falta de vínculos entre tutor y tutelado
Algún motivo para el que la tutela sea perjudicial
Existencia de otra persona con condiciones similares al tutor, que pueda desempeñar el cargo
y que el tutor actual esté en alguna de las situaciones arriba planteadas


¿Qué no puede hacer el tutor en nombre de la persona mayor sin autorización judicial?


Aunque el juez designe a alguien como tutor legal de una persona mayor, este deberá solicitar
autorización judicial para realizar las siguientes acciones:
Internar al tutelado en un centro de salud mental
Gravar bienes de la persona incapacitada
Renunciar a derechos o transigir en algunas cuestiones en las que el tutelado estuviese
interesado
Aceptar sin beneficio de inventario cualquier herencia
Derrochar dinero de forma extraordinaria en los bienes
Celebrar contratos o acciones que tengan carácter dispositivo y sean susceptibles de
inscripción
Contraer demandas en nombre del tutelado, salvo que sea algo urgente o de pequeña cuantía
Ceder a terceros los créditos que el tutelado disponga en su contra
Ceder bienes en alquiler por un periodo superior a seis años
Disponer gratuitamente de bienes o derechos de la persona tutelada
Dar o tomar dinero prestado


¿Se puede cesar a un tutor?


Sí. Esto se conoce como remoción del cargo y se produce cuando:
Se incurre en causa legal de inhabilidad
Se producen problemas de convivencia de carácter grave y continuo

Se realice incorrectamente el ejercicio de la tutela incumpliendo los deberes del cargo o por
ineptitud en el transcurso de su ejercicio
La solicitud de cesar a alguien como tutor puede realizarla el propio tutelado, el Ministerio
Fiscal o alguna persona cercana y será dictaminada por el juez, previa auditoría con el tutor.

 

¿Cuándo finaliza la tutela?


La tutela se dará por finalizada o por fallecimiento del tutelado, por existir una sentencia firme
que dé por finalizado el periodo de incapacitación o se sustituya por una curatela.

 

La curatela difiere de la tutela en que la persona es capaz, pero necesita un apoyo para un
correcto desempeño de las tareas diarias. Es decir, la curatela tiene un carácter asistencial.

 

En definitiva, debemos entender bien qué es ser tutor legal de una persona mayor puesto que
acarrea una serie de responsabilidades que se han de cumplir para garantizar al tutelado su
bienestar y protección en el día a día.

 

Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
Cuando alguien falle ce, su patrimonio (bienes, derechos y tambié n deudas) pasa a sus herederos. Por eso, más que “recibir una herencia”, muchas veces lo que hay que hacer es gestionarla correctamente. La buena noticia: con la información adecuada, puedes evitar errores típicos. Primero: ¿hay testamento o no? Hay dos escenarios principales: Con testamento: se respetan las disposiciones del fallecido. Sin testamento: se aplica lo que marca la ley (orden de herederos). Este punto es clave porque cambia quién hereda y cuánto. ¿Qué pasos hay que dar normalmente? Aunque cada caso es distinto, el proceso suele incluir: Obtener el certificado de últimas voluntades Localizar el testamento (si existe) Identificar herederos y bienes Formalizar la adjudicación de herencia Pagar (si procede) los impuestos correspondientes El tema que muchos pasan por alto: las deudas Un error frecuente es pensar: “solo heredo lo bueno”. En realidad: Las herencias pueden incluir deud as Y la forma en que se acepta la herencia puede marcar mucho el riesgo ✅ Por eso es tan importante valorar si conviene aceptar de la manera más segura posible (por ejemplo, a beneficio de inventario cuando proceda). Impuestos en una herencia: no es “solo papeleo” En general, suelen intervenir impuestos como: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Posibles cargas relacionadas con inmuebles (según el caso) Además, hay plazos para cumplir y no conviene dejarlos para el final. ¿Te ayuda un abogado de herencias? Sí. Un buen asesoramiento permite: Revisar el testamento y la situación real del patrimonio Calcular correctamente herencias y cuotas Evitar errores en trámites e impuestos Estudiar opciones si hay deudas o incertidumbre sobre el alcance de la herencia
Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
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Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
¿Qué significa “incapacidad laboral”? Cuando hablamos de incapacidad laboral, nos referimos (en términos generales) a situaciones en las que una persona no puede trabajar o no puede hacerlo en las mismas condiciones debido a una enfermedad o lesión. En España, estas solicitudes se tramitan normalmente ante la Seguridad Social (INSS), y el resultado depende de la valoración del estado médico y su impacto laboral. Tipos de incapacidad: Aunque existen varias figuras, suele entenderse así: Incapacidad temporal (IT): mientras estás en tratamiento y se espera recuperación. Incapacidad permanente: cuando la situación se considera estable y con limitaciones duraderas. Dentro de la incapacidad permanente, hay grados como: parcial total absoluta gran invalidez Lo importante es que se valora lo que puedes o no puedes hacer, no solo el diagnóstico. ¿Qué requisitos suelen mirar? Aunque depende del caso (y del tipo de incapacidad), suelen valorarse aspectos como: informes médicos y pruebas evolución de la enfermedad limitaciones funcionales (qué afecta a tu día a día y trabajo) historial laboral y circunstancias personales período de cotización (cuando corresponda) ✅ Un punto clave: la documentación médica debe ser clara y útil, no solo “tener papeles”. ¿Cómo deciden si te conceden la pensión? La Seguridad Social analiza la información disponible y realiza una valoración. En la práctica, suelen ser determinantes: informes que describan con precisión limitaciones coherencia entre el trabajo habitual y la capacidad real que el expediente esté bien construido y actualizado ⚠️ ¿Qué errores hacen que te la denieguen? Entre los más frecuentes: falta de informes relevantes o incompletos informes que no explican “impacto laboral” discrepancias entre lo que dices y lo que consta (o lo que se valora) no recurrir en tiempo o no aportar la prueba adecuada ✅ Si te la deniegan: ¿se puede reclamar? En muchos casos, sí. Lo importante es: revisar el motivo exacto de la denegación preparar una estrategia según tu situación aportar pruebas médicas y argumentos correctos para mejorar el caso ¿Por qué te conviene un abogado en estos trámites? Porque en incapacidad no basta con “tener una enfermedad”: hay que defender jurídicamente y con prueba médica adecuada: Preparar reclamaciones/recursos cuando proceda Ordenar la documentación Orientar sobre el grado que tiene más encaje según tu caso ¿Te han denegado o estás tramitando una incapacidad? Si necesitas ayuda para valorar tu caso o recurrir una denegación, escríbenos: Email: contacto@bancaleroabogados.com WhatsApp: 654351626
Por Alejandro Bancalero • 16 de septiembre de 2026
1) ¿Qué documentos son im prescindibles antes de firmar nada? Certificado de defunción, últimas voluntades y testamento (si existe), identificación de herederos y documentación de bienes y deudas (cuentas, inmuebles y pasivo). 2) ¿Qué pasa si no todos los herederos quieren firmar la partición? Si no hay acuerdo, puede ser necesario acudir a mecanismos de resolución extrajudicial o plantear la vía judicial para desbloquear la partición/inventario. 3) ¿Cómo puedo protegerme si sospecho que faltan bienes en la herencia? Exige un inventario completo, solicita información por escrito y conserva la documentación. Si hay omisiones, tendrás más base para reclamar. 4) ¿El conflicto familiar afecta a los impuestos de la herencia (ISD)? Normalmente no “paran” las obligaciones fiscales. Suele existir un plazo general de 6 meses desde el fallecimiento para declarar el ISD, con posibilidades de prórroga en supuestos concretos. 5) ¿Qué debo hacer si hay deudas del causante que desconocía? Reúne justificantes del pasivo y analiza su impacto en el inventario y la estrategia. Es clave para evitar decisiones precipitadas. 6) ¿Puedo negociar una salida sin llegar a juicio? Sí, normalmente se intenta primero con propuestas documentadas, requerimientos formales y acuerdos. Si el bloqueo continúa, la vía judicial puede ser la solución. 7) ¿Cómo evito que me acusen de “gestionar mal” la herencia? No gestiones sin control: documenta actuaciones, pide información por escrito y evita decisiones sin claridad sobre bienes y pasivo. 8) ¿Qué plazos debo vigilar además del ISD? Además del ISD, revisa los plazos vinculados a obtención de documentación, actuaciones notariales y cualquier requerimiento o procedimiento que se inicie. La clave es no dejar pasar tiempo sin estrategia.
Por Alejandro Bancalero • 16 de septiembre de 2026
Cuando una persona tiene una enfermedad o lesión que reduce de forma importante (y previsiblemente estable) su capacidad para trabajar, puede solicitar una Incapacidad Permanente ante el INSS. En este artículo explicamos, de manera divulgativa, los pasos principales: qué hacer, cómo funciona la solicitud, cómo se cobra la prestación y qué hacer si te deniegan o te conceden un grado menor. 1. Identifica si puedes pedir Incapacidad Permanente Para que tenga sentido solicitarla, normalmente se requiere que la situación sea: estable o de larga duración que produzca limitaciones reales para trabajar Importante: aunque muchas personas lo relacionan con “no poder trabajar”, lo relevante jurídicamente es el impacto funcional en tu profesión o actividad habitual. 2. Reúne la “prueba” médica (clave) El INSS no decide solo por el diagnóstico, sino por lo que el cuadro clínico provoca y cómo afecta a la capacidad laboral. Documentos que suelen ser esenciales informes médicos de especialistas pruebas diagnósticas (analíticas, radiografías, resonancias, etc.) informes de evolución del proceso tratamientos aplicados y respuesta secuelas o limitaciones funcionales Recomendación práctica Busca que los informes expliquen limitaciones concretas (por ejemplo: movilidad reducida, limitación de esfuerzo, limitación cognitiva, necesidad de pausas, etc.). 3. Solicita la incapacidad permanente ante el INSS El INSS valora el expediente médico y determina el grado de incapacidad: si reconoce o no la prestación y qué grado corresponde En algunos casos, el INSS puede requerir valoraciones adicionales o documentación complementaria. Consejo: conviene presentar el caso con un expediente ordenado, donde la parte médica y la limitación funcional estén bien documentadas desde el inicio. 4. Entiende los “grados” para saber qué prestación podrías recibir El INSS puede reconocer distintos niveles de incapacidad. El grado determina, en términos generales: el tipo de prestación la cuantía y, según el caso, condiciones asociadas 5. ¿Cómo se cobra la prestación? (lo práctico) ¿Cuándo se empieza a cobrar? Depende del momento procesal y, sobre todo, de los efectos económicos que determine el INSS en tu resolución. En la práctica, lo clave es revisar: la fecha de efectos económicos el sistema de pago (habitualmente mensual) si existe alguna actualización aplicable ¿Dónde se confirma el cobro? El INSS notifica una resolución donde se indica: el grado reconocido (si procede) el tipo de prestación cuantía y efectos Tu siguiente paso será revisar la resolución con detalle para confirmar cuándo y en qué términos empieza el pago. 6. Si te deniegan o te conceden un grado menor: qué hacer Si no estás conforme, normalmente el camino consiste en: revisar la resolución y entender el motivo de la decisión valorar si procede reclamar o recurrir (según corresponda a tu caso) preparar una estrategia basada en prueba documental y médica En estos supuestos, suele ser decisivo contar con: informes actualizados pruebas complementarias cuando falten una argumentación coherente con las limitaciones reales y la capacidad para el trabajo 7. Errores comunes que debes evitar aportar informes poco claros o desactualizados quedarse solo en el diagnóstico sin concretar limitaciones funcionales no revisar fechas y posibles plazos no atacar lo que el INSS consideró determinante esperar sin preparar bien el expediente desde el inicio Conclusión Si tu objetivo es solicitar y cobrar una Incapacidad Permanente, el enfoque más eficaz suele ser: reunir informes y pruebas médicas claras presentar una solicitud ante el INSS con un expediente ordenado confirmar el grado y revisar la resolución con detalle comprobar efectos económicos y forma de pago si hay denegación o grado insuficiente, reaccionar con estrategia probatoria
Por S00124743000 S00124743000 • 14 de septiembre de 2026
¿Qué es una Herencia Compleja?
Por Alejandro Bancalero • 14 de septiembre de 2026
Guía de Actuación Práctica ¿Qué hacer cuando la empresa no paga? ÍNDICE 1. Introducción 2. Paso 1: Reúne pruebas y documentación 3. Paso 2: Define exactamente la cantidad adeudada 4. Paso 3: Reclamación formal a la empresa 5. Paso 4: La vía laboral 6. Paso 5: Actúa sin demora 7. Paso 6: Supuestos de urgencia 8. Paso 7: Posibles desenlaces 9. Contáctanos 1. INTRODUCCIÓN Si eres trabajador/a y tu empresa no te paga las cantidades que te corresponden, es comprensible tu preocupación. Sin embargo, con un enfoque ordenado y basado en derecho, puedes avanzar y proteger tus derechos de forma efectiva. Esta guía te explica, de forma clara e informativa, los pasos a seguir cuando hay impago salarial en España. 2. PASO 1: REÚNE PRUEBAS Y DOCUMENTACIÓN Lo que no se documenta, se pierde Antes de reclamar, asegúrate de tener claro: “qué, cuánto y desde cuándo”. La documentación es tu mejor aliado. Reúne lo siguiente: • Nóminas de los meses con impago • Contrato de trabajo (original o copia) • Convenio colectivo aplicable (si lo posees) • Listado detallado con períodos, fechas y cantidades debidas • Justificantes bancarios de pagos parciales (si los hay) • Comunicaciones con la empresa: emails, mensajes, cartas certificadas Consejo: Guarda todos los originales en una carpeta. Si algún documento está digitalizado, asegúrate de que sea legible. 3. PASO 2: DEFINE EXACTAMENTE LA CANTIDAD ADEUDADA Precisión es clave en toda reclamación Elabora una lista clara y detallada que incluya: • Importe total adeudado (cifra en euros) • Concepto: salario base, horas extra, pluses, pagas extraordinarias, etc. • Período al que corresponde (fecha de inicio y fin) • Desglose mensual o por concepto • Si la empresa lo reconoce o lo niega Ejemplo de desglose: Mes Concepto Importe (€) Estado Julio 2026 Salario base 1.200,00 Impagado Agosto 2026 Salario base + extras 1.450,00 Impagado TOTAL 2.650,00 4. PASO 3: RECLAMACIÓN FORMAL A LA EMPRESA Escribe a la empresa y deja constancia Aunque la conversación informal parezca suficiente, en caso de impago lo más efectivo es reclamar por escrito. Esto crea un registro oficial de tu reclamación. Qué debe incluir tu reclamación: • Que existe un impago de salarios (detallado) • Qué período está afectado • El importe exacto y los conceptos impagados • Que solicitas el abono en un plazo determinado (15 o 30 días) • Que pides respuesta por medio que deje rastro Medios recomendados para enviar la reclamación: 1. Burofax (carta certificada con acuse de recibo) 2. Email certificado 3. Correo certificado con acuse de recibo Objetivo: No solo pedir dinero, sino dejar constancia oficial de que reclamaste, cuándo y cuánto. 5. PASO 4: LA VÍA LABORAL - RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Si la empresa no responde o rechaza el pago En España, el impago salarial se tramita por la jurisdicción social mediante una reclamación de cantidad. Cómo funciona: 1. Se reclama el dinero debido con documentación adjunta 2. Se aporta toda la prueba documental disponible 3. Se resuelve según las normas del procedimiento laboral 4. Si hay condenación, la empresa debe abonar lo adeudado más intereses y costas Ventaja: La reclamación puede favorecer acuerdos previos, pero si no hay solución, el proceso garantiza exigir el cobro. 6. PASO 5: ACTÚA SIN DEMORA El tiempo no juega a tu favor Esperar demasiado puede complicar las cosas por varios motivos: • Se pierde documentación o contexto • Aumenta la confusión sobre conceptos y cuantías • Se retrasa significativamente el momento del cobro • La empresa podría desaparecer o entrar en insolvencia Por eso, lo recomendable es mover ficha pronto: ordena las pruebas y presenta la reclamación sin dilación. 7. PASO 6: SUPUESTOS DE URGENCIA Prioriza tu reclamación si ocurre alguno de estos supuestos: • El impago es repetido (afecta a varios meses consecutivos) • Los importes son significativos para tu economía • La empresa no responde a tus comunicaciones o te da largas • Hay señales de que la empresa podría entrar en dificultades (ERTE, suspensión, etc.) • La empresa ya ha incumplido anteriormente 8. PASO 7: POSIBLES DESENLACES Qué puede pasar después de reclamar: • La empresa regulariza y paga (total o parcialmente) • Hay negociación y se alcanza un acuerdo • Se inicia procedimiento laboral y se condena a la empresa • Se obtiene reconocimiento de la deuda (importante para otras acciones) En cualquier escenario, reclamar con orden y documentación te coloca en una posición mucho más fuerte. 9. CONTÁCTANOS ¿Necesitas ayuda con tu caso de impago salarial? En BANCALERO ABOGADOS podemos ayudarte a: • Revisar tus nóminas y concretar la cantidad exacta reclamada • Preparar tu reclamación formal con soporte documental • Valorar tu estrategia para reclamar en vía laboral • Acompañarte en todo el proceso para recuperar lo adeudado DATOS DE CONTACTO Email: contacto@bancaleroabogados.com Teléfono: 955 10 15 85 / 654 35 16 26 Ubicación: Sevilla, Madrid, Málaga Escríbenos y solicita una valoración gratuita. Te ayudaremos a entender tu situación y a decidir el mejor paso para recuperar las cantidades impagadas. BANCALERO ABOGADOS - Documento informativo - Septiembre 2026
Por Alejandro Bancalero • 1 de septiembre de 2026
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Por Alejandro Bancalero • 1 de septiembre de 2026
Herencias en 2026: menos reforma legal, más vigilancia fiscal
Por S00124743000 S00124743000 • 1 de septiembre de 2026
El Supremo humaniza la buena fe: el caso del pensionista que marca doctrina en 2026
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