Cómo Renunciar a una Herencia

22 de julio de 2021

Las herencias son procedimientos cuya complejidad reside en las circunstancias que las
envuelvan. El valor de lo heredado es una de las principales, así como el número de herederos involucrados, el grado de consanguinidad, si existe o no testamento, el tipo de bienes a repartir y un largo etcétera de condicionantes que marcarán el resultado final.

Por ello hay que saber cómo y por qué, en ocasiones, renunciar a una herencia puede ser la mejor decisión.

 

El motivo fundamental que lleva a repudiar una herencia es que suponga más deudas que beneficio.

 

Lejos de lo que se pueda pensar, en lo patrimonial, una herencia no siempre es sinónimo de hacer caja, porque al aceptar los bienes, el dinero o las propiedades, también se aceptan las cargas y las deudas que vengan adosadas. Y ser consciente de ello puede salvarte.

 

El repudiar una herencia puede aliviarle más de un quebradero de cabeza, y de hecho el
número de herederos que repudian es elevado (por señalar una cifra, en Andalucía, a
principios de 2017, el Consejo General del Notariado apuntó que se producían 19 renuncias al día). Suscita dos preguntas: ¿por qué debería renunciar a mi herencia, y cómo?

 

Recibir una herencia no siempre es plato de gusto. El dinero de las cuentas corrientes no es lo único que se hereda, como a muchos les gustaría. También se reciben otras malas noticias, como es el caso de las deudas contraídas por el fallecido. Si un difunto deja más deudas que bienes, el heredero tiene que responder con sus propios bienes.

 

Con el objetivo de evitar esta situación, algunos herederos se plantean renunciar a la herencia.


El aumento de la mortalidad durante la pandemia y la crisis económica han hecho que
aumenten las denuncias. En concreto, 13.194 personas se vieron obligadas a desistir entre enero y marzo, según los datos del Consejo General del Notariado. Sin embargo, no siempre es posible hacerlo.

 

El motivo de las deudas es el principal y mayoritario, pero no es el único también se renuncia por liberalidad, por ejemplo, dos hermanos donde uno no tiene apenas patrimonio y el otro tiene mucho, éste repudia la herencia y aquél se beneficia de la totalidad.

 

El motivo por el que una persona puede optar por renunciar a su legado suele ser que éste suponga un coste en lugar de un beneficio –por ejemplo, cuando el fallecido tuviera más deudas que bienes-.

 

También que los herederos no puedan hacer frente a los impuestos que deben abonarse para poder aceptar la herencia, como el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o el Impuesto Municipal de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (más conocido como plusvalía municipal). Otro caso posible es que la aceptación de la herencia suponga grandes gastos vinculados a los bienes que se van a heredar (por ejemplo, viviendas en ruinas o en lugares abandonados).

 

Para saber si conviene o no repudiar una herencia existe "el derecho a deliberar, que sirve para examinar el estado de la herencia, antes de decidirse por la aceptación o repudiación de la misma". Tiempo para conocer y valorar si la herencia puede generar deudas en tu patrimonio.

 

Varias formas de aceptar una herencia

 

Para entender lo que supone renunciar a una herencia es necesario conocer que existen dos vías para aceptarla.


Una, la hecha "pura y simplemente", que significa que tu patrimonio y el patrimonio heredado se funden en uno solo" , es decir: "Si tienes un patrimonio de 100 y debes 20, y te llega una herencia de 100 con 300 de deudas, si la aceptas al final tienes un patrimonio de 200 y debes 320" Muy mal negocio.

 

La segunda vía es la del beneficio de inventario, que significa que las posibles deudas se paguen con el patrimonio de lo heredado sin que salten al patrimonio del heredero. Es una forma de protegerse ante posibles acreedores inesperados.

 

¿Cómo se renuncia a una herencia?

 

La repudia se puede hacer ante notario, en la mayoría de las veces es así. También puede hacerse por vía judicial.


La herencia se entiende aceptada al momento del fallecimiento. Es decir, tanto si aceptas la herencia del causante como si la repudias, los efectos de la decisión existen desde el día del fallecimiento, aunque hayan pasado meses.

 

Por lo tanto, para decir no a una herencia como norma general bastará con comparecer en notaría y renunciar.

 

Aunque, como hemos apuntado al principio, pueden existir factores que rompan con el criterio general (en este artículo nos referimos al Derecho Común que regula para toda España el tema de las sucesiones, ya que existen Derechos Forales en Cataluña, Aragón, Euskadi, Navarra y Galicia que pueden hacer salvedades regionales).

 

Uno de esos supuestos puede ser el de la "aceptación tácita de la herencia, que significa que, aunque formalmente el heredero no va al notario a aceptarla, sí lleva a cabo actos de los que se presume que es el dueño de los bienes heredaros".

 

¿Puede una persona recibir una herencia sin tener constancia de ello? No, ya que el heredero es quien debe aceptar la herencia y, para ello, deberá acreditar que es familia del causante (salvo que aparezca en el testamento), y que no hay otros familiares más cercanos que merezcan esa herencia, por lo que además de reunir pruebas como el certificado de nacimiento deberá aportar dos testigos.

 

Por último, por el artículo 1005 del Código Civil, ante un fallecimiento en el que los herederos no se pronuncien, "el notario puede requerir a los causahabientes para que acepten o repudien la herencia, y si los herederos no se manifiestan en el plazo de treinta días naturales, se entenderá que se acepta la herencia".

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