De Portugal a Polonia: todos los países que superarán a España en PIB per cápita en los próximos años.

11 de enero de 2024

Algunas de las variables que pueden producirse en los próximos años:

 

La proyección de la OCDE muestra que hasta 11 países pueden superar a España
España se enfrenta a años de un crecimiento de la productividad muy débil
El PIB per cápita de España no convergerá con el de la zona euro ni EEUU

 

La economía de España lleva más de dos décadas presentando un crecimiento del PIB per
cápita real prácticamente nulo. El sempiterno drama de la productividad impide que los
españoles disfruten de una mayor prosperidad económica. Tal es el problema, que desde la
Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OCDE) ha publicado un informe
del que se puede extraer un dato que deja entrever el complejo futuro de la economía de
España: once países adelantarán a España en PIB per cápita en las próximas décadas.

 

España lleva tiempo perdiendo posiciones en el ranking global de PIB agregado. Sin embargo,
este indicador no es demasiado útil ni preciso para valorar el bienestar de una sociedad. Hay
países con una producción (PIB) muy grande, pero que en realidad siguen sumergidos en la
zona de economías de bajos o medios ingresos. Este puede ser el caso, por ejemplo, de
Indonesia, que pronto superará en PIB a España, pese a que es un país mucho más pobre.

 

Por eso, desde la OCDE prefieren usar el PIB per cápita, que, en principio, muestra una foto
mucho más fidedigna de la realidad económica de un país. Este indicador divide la producción
entre todos los habitantes del país, por lo que se elimina la 'distorsión' que genera el tamaño
de la población. Pese a todo, el PIB per cápita tampoco es la panacea en este aspecto, puesto
que no deja de ser una media. Una economía muy desigualitaria puede tener un PIB per cápita
muy elevado, al mismo tiempo que buena parte de la población presenta una renta baja. Esto
sucede cuando unos pocos acaparan la mayor parte de la renta del país. Economías como
Arabia Saudí o Emiratos Árabes Unidos suelen presentar este perfil.

 

El PIB per cápita como indicador


Aun así, el PIB per cápita parece, a grandes rasgos, el indicador más fiable a día de hoy para
analizar la prosperidad económica de un país. Por ello, en el último informe publicado por la
OCDE de previsiones de largo plazo puede resultar un tanto alarmante el resultado que se
ofrece para España. Como se puede ver en el gráfico, el PIB per cápita de España se queda
prácticamente estancado (respecto al de EEUU, que es el país de comparación) en las próximas
décadas.

 

La OCDE desvela que España perderá 11 puestos en la clasificación global de países por PIB per cápita en paridad de poder adquisitivo o PPA. La medición se realiza de este modo (PPA) para "limpiar" la distorsión que generan los precios entre diferentes países. De una forma sencilla, comprar una hamburguesa y un helado genera el mismo bienestar en un país u otro, aunque en EEUU cueste 15 dólares y en Polonia solo 7 dólares. Lo importante es la cantidad y la
calidad de esos bienes y servicios, no su precio.

 

Según los últimos datos, España se encuentra en el puesto 23 de la lista. Pero para en el año
2060 (hasta donde llega la proyección de la OCDE), España vivirá un constante declive que
dejará al país en el puesto 34, igualado con Rumanía. Adelantarán a España durante estas
décadas países como Portugal, Polonia, Lituania, República Checa, Eslovaquia, Hungría,
Turquía, Estonia, Grecia o Letonia. Además, Rumanía alcanza el nivel de España.

 

¿Qué le pasa a España?


Aunque España no es el único país cuyo crecimiento de la renta per cápita se ve relativamente
estancado, sí es cierto que es el único que sufre este parón de forma tan prematura. Que
países como Dinamarca, Suiza o Luxemburgo vean ralentizado el avance su PIB per cápita
resulta lógico, puesto que estas economías han alcanzado un estadio de desarrollo muy
avanzado (el más alto del mundo), lo que no parece del todo corriente es que España, cuya
renta per cápita aún está en la banda media o media-baja dentro de las economías
desarrolladas, sufra este tipo de estancamiento.

 

Dinamarca o Suiza tienen unos sistemas productivos que ya incorporan la tecnología más
avanzada y las técnicas más sofisticadas, mientras que sus mercados laborales están
funcionando a pleno rendimiento (empleo pleno). Su margen para seguir creciendo es
reducido. Sin embargo, España tiene mucho espacio en ambos campos.

 

Los datos que proyecta la OCDE dejan insisten en los problemas que lleva sufriendo la
economía de España desde hace años, pero también alerta de los problemas a los que se
enfrentará en el futuro. Por un lado, aparece el bajo crecimiento de lo que la OCDE denomina
eficiencia del trabajo, que viene a ser la productividad de una forma sencilla. La productividad
apenas ha crecido un 0,1% anual en el periodo 2007-2020. El organismo internacional confirma
que el periodo 2007-2020 ha sido una década (y tres años) casi perdidos. La baja productividad
y competitividad de las empresas españolas (muy centradas en sectores de bajo valor añadido)
es uno de los lastres del crecimiento.

 

La productividad apenas crece


Aun así, la OCDE se mostraba optimista y preveía en el informe publicado a finales del año
pasado que este indicador se incremente en un 0,4% anual durante esta década y en un 0,9%
por año entre 2030 y 2060. Esta previsión da por hecha una mejora notable respecto a lo que

se viene viendo en la economía de España en los últimos 20 años. Aun así, el incremento de la
productividad sería del todo insuficiente para que España logre converger con la zona euro o
EEUU. Más bien sucederá lo contrario.

 

Por otro lado, aparece el problema de la demografía. La OCDE prevé en la porción de
población en edad de trabajar se incremente de media un 0,1% anual esta década. Sin
embargo, para el periodo 2030-2060 prevé una contracción anual del 0,5%, siendo España
(junto con Grecia) el país más castigado de toda la muestra (38 países y dos bloques
económicos). De hecho, la OCDE cree que la caída de la población en edad de trabajar será el
principal factor que detraerá crecimiento del PIB per cápita en las próximas décadas. La ONU
muestra en sus proyecciones base que la población (general, no solo la que tiene edad para
trabajar) de España comenzará a caer en 2025, llegando a perder incluso la zona de los 40
millones de habitantes en 2060.

 

Los motores que impulsan la economía a largo plazo están gripados en España, aunque en el
corto plazo puede haber movimientos al alza por factores cíclicos. Habrá años peores y
mejores, pero el escenario de varias décadas vista es tenebroso. El crecimiento económico
viene determinado por un incremento de los factores de producción (tierra, capital y trabajo) o
por un aumento de lo que se conoce como productividad total de los factores (PTF). Salvo que
se produzca una revolución, la productividad, un nuevo baby boom, una avalancha migratoria
o alguno otro hecho poco probable, la economía de España parece condenada a sufrir décadas
de mediocridad económica.

 

Además, España tiene una desventaja importante también respecto a varios de los países que
van a posicionarse por delante en el ranking de renta per cápita: la deuda pública y el déficit
estructural. Otra vía para estimular el crecimiento, al menos en el corto plazo, es el gasto
público. Sin embargo, España tiene una deuda sobre PIB del 110%. Ahora que la marea de la
inflación se ha reducido, parece poco probable que este ratio se vaya a reducir, sobre todo
porque el déficit estructural (no tiene en cuenta el ciclo económico) es de los más altos de los
países avanzados.

 

Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
Cuando alguien falle ce, su patrimonio (bienes, derechos y tambié n deudas) pasa a sus herederos. Por eso, más que “recibir una herencia”, muchas veces lo que hay que hacer es gestionarla correctamente. La buena noticia: con la información adecuada, puedes evitar errores típicos. Primero: ¿hay testamento o no? Hay dos escenarios principales: Con testamento: se respetan las disposiciones del fallecido. Sin testamento: se aplica lo que marca la ley (orden de herederos). Este punto es clave porque cambia quién hereda y cuánto. ¿Qué pasos hay que dar normalmente? Aunque cada caso es distinto, el proceso suele incluir: Obtener el certificado de últimas voluntades Localizar el testamento (si existe) Identificar herederos y bienes Formalizar la adjudicación de herencia Pagar (si procede) los impuestos correspondientes El tema que muchos pasan por alto: las deudas Un error frecuente es pensar: “solo heredo lo bueno”. En realidad: Las herencias pueden incluir deud as Y la forma en que se acepta la herencia puede marcar mucho el riesgo ✅ Por eso es tan importante valorar si conviene aceptar de la manera más segura posible (por ejemplo, a beneficio de inventario cuando proceda). Impuestos en una herencia: no es “solo papeleo” En general, suelen intervenir impuestos como: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Posibles cargas relacionadas con inmuebles (según el caso) Además, hay plazos para cumplir y no conviene dejarlos para el final. ¿Te ayuda un abogado de herencias? Sí. Un buen asesoramiento permite: Revisar el testamento y la situación real del patrimonio Calcular correctamente herencias y cuotas Evitar errores en trámites e impuestos Estudiar opciones si hay deudas o incertidumbre sobre el alcance de la herencia
Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
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Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
¿Qué significa “incapacidad laboral”? Cuando hablamos de incapacidad laboral, nos referimos (en términos generales) a situaciones en las que una persona no puede trabajar o no puede hacerlo en las mismas condiciones debido a una enfermedad o lesión. En España, estas solicitudes se tramitan normalmente ante la Seguridad Social (INSS), y el resultado depende de la valoración del estado médico y su impacto laboral. Tipos de incapacidad: Aunque existen varias figuras, suele entenderse así: Incapacidad temporal (IT): mientras estás en tratamiento y se espera recuperación. Incapacidad permanente: cuando la situación se considera estable y con limitaciones duraderas. Dentro de la incapacidad permanente, hay grados como: parcial total absoluta gran invalidez Lo importante es que se valora lo que puedes o no puedes hacer, no solo el diagnóstico. ¿Qué requisitos suelen mirar? Aunque depende del caso (y del tipo de incapacidad), suelen valorarse aspectos como: informes médicos y pruebas evolución de la enfermedad limitaciones funcionales (qué afecta a tu día a día y trabajo) historial laboral y circunstancias personales período de cotización (cuando corresponda) ✅ Un punto clave: la documentación médica debe ser clara y útil, no solo “tener papeles”. ¿Cómo deciden si te conceden la pensión? La Seguridad Social analiza la información disponible y realiza una valoración. En la práctica, suelen ser determinantes: informes que describan con precisión limitaciones coherencia entre el trabajo habitual y la capacidad real que el expediente esté bien construido y actualizado ⚠️ ¿Qué errores hacen que te la denieguen? Entre los más frecuentes: falta de informes relevantes o incompletos informes que no explican “impacto laboral” discrepancias entre lo que dices y lo que consta (o lo que se valora) no recurrir en tiempo o no aportar la prueba adecuada ✅ Si te la deniegan: ¿se puede reclamar? En muchos casos, sí. Lo importante es: revisar el motivo exacto de la denegación preparar una estrategia según tu situación aportar pruebas médicas y argumentos correctos para mejorar el caso ¿Por qué te conviene un abogado en estos trámites? Porque en incapacidad no basta con “tener una enfermedad”: hay que defender jurídicamente y con prueba médica adecuada: Preparar reclamaciones/recursos cuando proceda Ordenar la documentación Orientar sobre el grado que tiene más encaje según tu caso ¿Te han denegado o estás tramitando una incapacidad? Si necesitas ayuda para valorar tu caso o recurrir una denegación, escríbenos: Email: contacto@bancaleroabogados.com WhatsApp: 654351626
Por Alejandro Bancalero • 16 de septiembre de 2026
1) ¿Qué documentos son im prescindibles antes de firmar nada? Certificado de defunción, últimas voluntades y testamento (si existe), identificación de herederos y documentación de bienes y deudas (cuentas, inmuebles y pasivo). 2) ¿Qué pasa si no todos los herederos quieren firmar la partición? Si no hay acuerdo, puede ser necesario acudir a mecanismos de resolución extrajudicial o plantear la vía judicial para desbloquear la partición/inventario. 3) ¿Cómo puedo protegerme si sospecho que faltan bienes en la herencia? Exige un inventario completo, solicita información por escrito y conserva la documentación. Si hay omisiones, tendrás más base para reclamar. 4) ¿El conflicto familiar afecta a los impuestos de la herencia (ISD)? Normalmente no “paran” las obligaciones fiscales. Suele existir un plazo general de 6 meses desde el fallecimiento para declarar el ISD, con posibilidades de prórroga en supuestos concretos. 5) ¿Qué debo hacer si hay deudas del causante que desconocía? Reúne justificantes del pasivo y analiza su impacto en el inventario y la estrategia. Es clave para evitar decisiones precipitadas. 6) ¿Puedo negociar una salida sin llegar a juicio? Sí, normalmente se intenta primero con propuestas documentadas, requerimientos formales y acuerdos. Si el bloqueo continúa, la vía judicial puede ser la solución. 7) ¿Cómo evito que me acusen de “gestionar mal” la herencia? No gestiones sin control: documenta actuaciones, pide información por escrito y evita decisiones sin claridad sobre bienes y pasivo. 8) ¿Qué plazos debo vigilar además del ISD? Además del ISD, revisa los plazos vinculados a obtención de documentación, actuaciones notariales y cualquier requerimiento o procedimiento que se inicie. La clave es no dejar pasar tiempo sin estrategia.
Por Alejandro Bancalero • 16 de septiembre de 2026
Cuando una persona tiene una enfermedad o lesión que reduce de forma importante (y previsiblemente estable) su capacidad para trabajar, puede solicitar una Incapacidad Permanente ante el INSS. En este artículo explicamos, de manera divulgativa, los pasos principales: qué hacer, cómo funciona la solicitud, cómo se cobra la prestación y qué hacer si te deniegan o te conceden un grado menor. 1. Identifica si puedes pedir Incapacidad Permanente Para que tenga sentido solicitarla, normalmente se requiere que la situación sea: estable o de larga duración que produzca limitaciones reales para trabajar Importante: aunque muchas personas lo relacionan con “no poder trabajar”, lo relevante jurídicamente es el impacto funcional en tu profesión o actividad habitual. 2. Reúne la “prueba” médica (clave) El INSS no decide solo por el diagnóstico, sino por lo que el cuadro clínico provoca y cómo afecta a la capacidad laboral. Documentos que suelen ser esenciales informes médicos de especialistas pruebas diagnósticas (analíticas, radiografías, resonancias, etc.) informes de evolución del proceso tratamientos aplicados y respuesta secuelas o limitaciones funcionales Recomendación práctica Busca que los informes expliquen limitaciones concretas (por ejemplo: movilidad reducida, limitación de esfuerzo, limitación cognitiva, necesidad de pausas, etc.). 3. Solicita la incapacidad permanente ante el INSS El INSS valora el expediente médico y determina el grado de incapacidad: si reconoce o no la prestación y qué grado corresponde En algunos casos, el INSS puede requerir valoraciones adicionales o documentación complementaria. Consejo: conviene presentar el caso con un expediente ordenado, donde la parte médica y la limitación funcional estén bien documentadas desde el inicio. 4. Entiende los “grados” para saber qué prestación podrías recibir El INSS puede reconocer distintos niveles de incapacidad. El grado determina, en términos generales: el tipo de prestación la cuantía y, según el caso, condiciones asociadas 5. ¿Cómo se cobra la prestación? (lo práctico) ¿Cuándo se empieza a cobrar? Depende del momento procesal y, sobre todo, de los efectos económicos que determine el INSS en tu resolución. En la práctica, lo clave es revisar: la fecha de efectos económicos el sistema de pago (habitualmente mensual) si existe alguna actualización aplicable ¿Dónde se confirma el cobro? El INSS notifica una resolución donde se indica: el grado reconocido (si procede) el tipo de prestación cuantía y efectos Tu siguiente paso será revisar la resolución con detalle para confirmar cuándo y en qué términos empieza el pago. 6. Si te deniegan o te conceden un grado menor: qué hacer Si no estás conforme, normalmente el camino consiste en: revisar la resolución y entender el motivo de la decisión valorar si procede reclamar o recurrir (según corresponda a tu caso) preparar una estrategia basada en prueba documental y médica En estos supuestos, suele ser decisivo contar con: informes actualizados pruebas complementarias cuando falten una argumentación coherente con las limitaciones reales y la capacidad para el trabajo 7. Errores comunes que debes evitar aportar informes poco claros o desactualizados quedarse solo en el diagnóstico sin concretar limitaciones funcionales no revisar fechas y posibles plazos no atacar lo que el INSS consideró determinante esperar sin preparar bien el expediente desde el inicio Conclusión Si tu objetivo es solicitar y cobrar una Incapacidad Permanente, el enfoque más eficaz suele ser: reunir informes y pruebas médicas claras presentar una solicitud ante el INSS con un expediente ordenado confirmar el grado y revisar la resolución con detalle comprobar efectos económicos y forma de pago si hay denegación o grado insuficiente, reaccionar con estrategia probatoria
Por S00124743000 S00124743000 • 14 de septiembre de 2026
¿Qué es una Herencia Compleja?
Por Alejandro Bancalero • 14 de septiembre de 2026
Guía de Actuación Práctica ¿Qué hacer cuando la empresa no paga? ÍNDICE 1. Introducción 2. Paso 1: Reúne pruebas y documentación 3. Paso 2: Define exactamente la cantidad adeudada 4. Paso 3: Reclamación formal a la empresa 5. Paso 4: La vía laboral 6. Paso 5: Actúa sin demora 7. Paso 6: Supuestos de urgencia 8. Paso 7: Posibles desenlaces 9. Contáctanos 1. INTRODUCCIÓN Si eres trabajador/a y tu empresa no te paga las cantidades que te corresponden, es comprensible tu preocupación. Sin embargo, con un enfoque ordenado y basado en derecho, puedes avanzar y proteger tus derechos de forma efectiva. Esta guía te explica, de forma clara e informativa, los pasos a seguir cuando hay impago salarial en España. 2. PASO 1: REÚNE PRUEBAS Y DOCUMENTACIÓN Lo que no se documenta, se pierde Antes de reclamar, asegúrate de tener claro: “qué, cuánto y desde cuándo”. La documentación es tu mejor aliado. Reúne lo siguiente: • Nóminas de los meses con impago • Contrato de trabajo (original o copia) • Convenio colectivo aplicable (si lo posees) • Listado detallado con períodos, fechas y cantidades debidas • Justificantes bancarios de pagos parciales (si los hay) • Comunicaciones con la empresa: emails, mensajes, cartas certificadas Consejo: Guarda todos los originales en una carpeta. Si algún documento está digitalizado, asegúrate de que sea legible. 3. PASO 2: DEFINE EXACTAMENTE LA CANTIDAD ADEUDADA Precisión es clave en toda reclamación Elabora una lista clara y detallada que incluya: • Importe total adeudado (cifra en euros) • Concepto: salario base, horas extra, pluses, pagas extraordinarias, etc. • Período al que corresponde (fecha de inicio y fin) • Desglose mensual o por concepto • Si la empresa lo reconoce o lo niega Ejemplo de desglose: Mes Concepto Importe (€) Estado Julio 2026 Salario base 1.200,00 Impagado Agosto 2026 Salario base + extras 1.450,00 Impagado TOTAL 2.650,00 4. PASO 3: RECLAMACIÓN FORMAL A LA EMPRESA Escribe a la empresa y deja constancia Aunque la conversación informal parezca suficiente, en caso de impago lo más efectivo es reclamar por escrito. Esto crea un registro oficial de tu reclamación. Qué debe incluir tu reclamación: • Que existe un impago de salarios (detallado) • Qué período está afectado • El importe exacto y los conceptos impagados • Que solicitas el abono en un plazo determinado (15 o 30 días) • Que pides respuesta por medio que deje rastro Medios recomendados para enviar la reclamación: 1. Burofax (carta certificada con acuse de recibo) 2. Email certificado 3. Correo certificado con acuse de recibo Objetivo: No solo pedir dinero, sino dejar constancia oficial de que reclamaste, cuándo y cuánto. 5. PASO 4: LA VÍA LABORAL - RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Si la empresa no responde o rechaza el pago En España, el impago salarial se tramita por la jurisdicción social mediante una reclamación de cantidad. Cómo funciona: 1. Se reclama el dinero debido con documentación adjunta 2. Se aporta toda la prueba documental disponible 3. Se resuelve según las normas del procedimiento laboral 4. Si hay condenación, la empresa debe abonar lo adeudado más intereses y costas Ventaja: La reclamación puede favorecer acuerdos previos, pero si no hay solución, el proceso garantiza exigir el cobro. 6. PASO 5: ACTÚA SIN DEMORA El tiempo no juega a tu favor Esperar demasiado puede complicar las cosas por varios motivos: • Se pierde documentación o contexto • Aumenta la confusión sobre conceptos y cuantías • Se retrasa significativamente el momento del cobro • La empresa podría desaparecer o entrar en insolvencia Por eso, lo recomendable es mover ficha pronto: ordena las pruebas y presenta la reclamación sin dilación. 7. PASO 6: SUPUESTOS DE URGENCIA Prioriza tu reclamación si ocurre alguno de estos supuestos: • El impago es repetido (afecta a varios meses consecutivos) • Los importes son significativos para tu economía • La empresa no responde a tus comunicaciones o te da largas • Hay señales de que la empresa podría entrar en dificultades (ERTE, suspensión, etc.) • La empresa ya ha incumplido anteriormente 8. PASO 7: POSIBLES DESENLACES Qué puede pasar después de reclamar: • La empresa regulariza y paga (total o parcialmente) • Hay negociación y se alcanza un acuerdo • Se inicia procedimiento laboral y se condena a la empresa • Se obtiene reconocimiento de la deuda (importante para otras acciones) En cualquier escenario, reclamar con orden y documentación te coloca en una posición mucho más fuerte. 9. CONTÁCTANOS ¿Necesitas ayuda con tu caso de impago salarial? En BANCALERO ABOGADOS podemos ayudarte a: • Revisar tus nóminas y concretar la cantidad exacta reclamada • Preparar tu reclamación formal con soporte documental • Valorar tu estrategia para reclamar en vía laboral • Acompañarte en todo el proceso para recuperar lo adeudado DATOS DE CONTACTO Email: contacto@bancaleroabogados.com Teléfono: 955 10 15 85 / 654 35 16 26 Ubicación: Sevilla, Madrid, Málaga Escríbenos y solicita una valoración gratuita. Te ayudaremos a entender tu situación y a decidir el mejor paso para recuperar las cantidades impagadas. BANCALERO ABOGADOS - Documento informativo - Septiembre 2026
Por Alejandro Bancalero • 1 de septiembre de 2026
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Por Alejandro Bancalero • 1 de septiembre de 2026
Herencias en 2026: menos reforma legal, más vigilancia fiscal
Por S00124743000 S00124743000 • 1 de septiembre de 2026
El Supremo humaniza la buena fe: el caso del pensionista que marca doctrina en 2026
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