Es ilegal instalar cámaras de videovigilancia que enfoquen a la vía pública, pero hay excepciones

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) pone un sinfín de multas a comunidades
de propietarios o empresas por instalar cámaras de videovigilancia que enfocan a la vía
pública. Llevar a cabo esta práctica infringe el Reglamento General de Protección de Datos
(RGPD).

 

Y es que, según el artículo 4.1 del RGPD, la imagen física de una persona es un dato personal y
su protección es objeto de dicho reglamento.

 

“La Instrucción 1/2006 ofrece la posibilidad de instalar cámaras para la protección y custodia
de los espacios privados en los que quizás la necesidad de grabar accesos a portales o garajes
se haga imprescindible o sea imposible evitar la captación de la vía pública”, como cajeros o
ministerios.

 

No obstante, “si existe la posibilidad de una instalación alternativa en la que no se capte la vía
pública no se podrá aplicar esta excepción. Además, estas cámaras deberán ser instaladas por
empresas de seguridad debidamente habilitadas”

 

EN ESPACIOS PÚBLICOS, SON VÁLIDAS LAS INSTALADAS POR LA POLICÍA

 

Y en lo que se refiere a espacios públicos, “la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que
se regula la utilización de videocámaras por las fuerzas y cuerpos de seguridad en lugares
públicos atribuye la competencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para instalar y usar
videocámaras para grabar imágenes y sonidos en lugares públicos abiertos o cerrados, y su
posterior tratamiento”.

 

El objetivo de esta instalación es, en palabras de Andrés Robles, contribuir a asegurar la
convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y
espacios públicos para prevenir delitos, faltas o infracciones.

 

Ante esto, la AEPD añade que, «en todo caso, deberá evitarse cualquier tratamiento de datos
innecesario para la finalidad perseguida».

 

LAS COMUNIDADES DE VECINOS ESTÁN FUERA DE ESTAS EXCEPCIONES

 

Como se ha comentado, la AEPD sanciona económicamente estos hechos. Por ejemplo, hace
apenas dos meses un vecino tuvo que pagar una multa de 300 euros por instalar una cámara
que captaba imágenes de las zonas comunes de la urbanización. Además, tuvieron que
insistirle hasta en cuatro ocasiones para que la retirase.

 

En febrero, el Hotel Villa Soro situado en San Sebastián tuvo que abonar 1.000 euros por dos
cámaras situadas en una valla que enfocaban a la vía pública.

 

Colocar dos cámaras de vigilancia en un hotel con visión a la calle vulnera el RGPD
Colocar cámaras de vigilancia en un hotel con visión a la calle vulnera el Reglamento General
de Protección de Datos
Y hace escasos días, el propietario de una finca tuvo que pagar 300 euros por instalar una
cámara en un mástil que enfocaba a su vecino.

 

En 2021 hubo 147 sanciones por la instalación de cámaras enfocando a la vía pública

Según datos recogidos de la memoria anual de la AEPD, en el año 2021 se presentaron ante la
Agencia 1.736 denuncias relacionadas con el uso de videocámaras, de las cuales 147 se
convirtieron en procedimientos sancionadores, lo que supone el 25% de todos los
procedimientos sancionadores de 2021.

 

EL MOTIVO PRINCIPAL, EL DESCONOCIMIENTO

 

Aunque parezca difícil de creer, los principales motivos por los cuales instalan las cámaras «son
la necesidad de vigilar por protección determinados accesos y el desconocimiento de la
normativa, sin que el ciudadano medio pueda discernir cuales son los límites en la instalación
de estas cámaras y en el tratamiento de las imágenes».

 

Por ello, ha explicado que se deberían hacer formaciones en materia de protección de datos al
ciudadano de a pie para que conozca la normativa.

 

«Los administradores de fincas, que normalmente gestionan las comunidades de vecinos,
deberían ser los principales responsables en asesorar en esta materia a las comunidades de
vecinos».

 

Además, «no vendría nada mal alguna campaña por parte de los poderes públicos sobre la
importancia de preservar la intimidad de los demás, algo que cada vez se vulnera más debido a
la gran cantidad de dispositivos capaces de captar imágenes y subirlas a cualquier red social en
cuestión de segundos»

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