Que son y cómo podemos anular judicialmente las tarjetas revolving o tarjetas al consumo

23 de abril de 2024

Ya conoces el término “tarjeta revolving” y que existe una problemática
enorme al respecto. Lo siguiente que te estás preguntando es: “¿Cómo
puedo saber si tengo una tarjeta revolving?“.

Recordemos que las tarjetas revolving son un tipo de créditos al
consumo, que permiten aplazar pagos a cambio de abonar un alto
interés.


El problema ha venido cuando las entidades que prestaban ese dinero, lo
han prestado a un tipo de interés muy superior al habitual, lo que se
conoce como un “crédito usurario”.

 

Estas tarjetas, por su naturaleza, se acaban convirtiendo en verdaderos
créditos eternos en los que en cada recibo pagas poco capital y mucho
intereses.

 

Vamos a ver 3 formas distintas que te pueden ayudar a la hora de aclarar
si tienes una tarjeta revolving.

 

¿Cómo saber si mi tarjeta es revolving?


1. En los recibos, por el tipo de interés aplicado
2. Revisando el contrato
3. La deuda pendiente nunca desciende
¿Cómo saber si mi tarjeta es revolving?
1. En los recibos, por el tipo de interés aplicado
Para comprobar si tienes una tarjeta revolving, tienes que acudir al
contrato que firmaste en su día (si lo tienes), o si no, a los recibos
mensuales que te cobran y buscar el tipo de interés (T.A.E. o Tasa Anual

Equivalente) que el banco nos aplica. Si la T.A.E. es superior al 20%, puede
que tengas una tarjeta revolving.

 

A veces, en lugar de la T.A.E. aparece el T.I.N. (Tipo de Interés Nominal) o
el C.E.R. (Coste Efectivo Remanente), lo que hace más complicado el
cálculo. Y, para terminar de complicarlo, las entidades hacen que sus
recibos sean en muchas ocasiones difíciles de interpretar.

 

Además, tras la Sentencia del Tribunal Supremo del 15 de febrero de
2023, algunas entidades como Wizink o Cofidis han bajado el tipo de
interés al 20% a partir de sus recibos de marzo o abril de 2020, con el
objetivo de librarse de una reclamación, pero siguen teniendo obligación
de devolver lo cobrado anteriormente a un tipo de interés más alto, por lo
que habría que acudir a un recibo anterior.

 

2. Revisando el contrato


Otra forma de identificar si la tarjeta o el crédito que tienes es revolving
podría ser la de examinar el contrato donde aparecerán las condiciones y,
entre ellas, la T.A.E.

 

Sin embargo, lo más habitual es que no conserves ese contrato o que,
directamente, nunca hayas tenido una copia.

 

En este caso, la forma de saber si tienes una tarjeta revolving pasa por
identificar la entidad con la que tienes la tarjeta de crédito. Al tratarse de
contratos en masa, las condiciones son las mismas para todos sus clientes.
Si una tarjeta de crédito es revolving para un cliente, también lo será en tu
caso.

 

Un ejemplo claro de tarjeta revolving es la Tarjeta Wizink o la Tarjeta
Carrefour Pass, que son las más comunes y afectan a una mayor
cantidad de clientes. Sin embargo, también existen otras tarjetas como la

Tarjeta Ikea Family o la Tarjeta Alcampo más minoritarias y sobretodo,
los créditos personales al consumo de Cofidis, Creditea, Cetelem o Vivus.

 

No obstante, las entidades bancarias no han querido ser menos y la
práctica totalidad de ellas tienen una sección dedicada a los créditos al
consumo, habiendo comercializado sus propias tarjetas revolving,

 

Como por ejemplo es el caso del Santander, CaixaBank, Sabadell, Evo,
Bankinter las cuales, también aplican unos intereses abusivos.

 

3. La deuda pendiente nunca desciende


Si tras endeudarte, e ir pagando religiosamente la cuota mensual,
compruebas que la deuda no desciende, es más que probable que tengas
una tarjeta revolving.

 

En resumen, tienes 3 formas distintas de saber si la tarjeta que tienes es
revolving.

 

Buscando en los recibos del banco
Tienes que buscar en los recibos del banco y buscar el tipo de interés que
se está aplicando.
Concretamente, tienes que buscar si el T.A.E. es superior al 20%, por lo que
estaría considerado como usuario.

 

En el contrato de la entidad emisora
Aunque es poco probable que lo conserves, en tu contrato debe
especificarse el tipo de interés aplicado.

 

Si la deuda nunca desciende

Si estás pagando todos los meses, y compruebas que la deuda nunca
desciende…es casi seguro que tengas una tarjeta revolving.

Si tienes (o sospechas que tienes) una tarjeta revolving, estás en tu
derecho de reclamar y que tu banco te devuelva todos los intereses
pagados. Sí, todos los intereses.

 

La nulidad de las tarjetas revolving por abusividad

 

Últimamente hemos conocido distintas sentencias del Tribunal Supremo
que han declarado la validez de algunas tarjetas revolving por no
entenderlas usurarias, ya que ha dado por probado que las tarjetas de
crédito de este tipo que se comercializaron en la primera década del 2000,
tenían unos tipos de interés que llegaban al 26%, por lo que si las que se
analizaban no superaban dichos porcentajes, no serían usurarias.

 

Abusividad tarjeta revolving

 

Aunque ya nos hemos referido a estas sentencias y, en realidad, no
cambia la doctrina, pese a dicha decisión, algunas sentencias que se han
dictado con posterioridad han resuelto en el mismo sentido.

 

No sólo por usura se puede anular una tarjeta revolving
Por eso, hoy ponemos sobre la mesa la posibilidad que también existe de
anular este tipo de tarjetas, pero en base a otros motivos muy distintos de
la usura. Y las consecuencias van a ser las mismas, pues se va a poder
recuperar todo el dinero pagado que exceda del capital dispuesto.

 

Uno de esos otros motivos por los que también se puede anular este tipo
de contratos es por abusividad, aunque se trata de una causa que se

podrá dar únicamente cuando estemos ante un contrato concertado por
un consumidor, es decir, siempre que se haya contratado para un fin
particular que nada tenga que ver con una actividad comercial o
empresarial.

 

En estos casos, estamos ante contratos que tienen que superar el filtro
que todo contrato que se firme con un consumidor tiene que superar para
ser válido. Este filtro es de la transparencia y la abusividad.

 

De esta forma, si analizamos cláusulas fundamentales de un contrato,
como lo sería el propio sistema revolving de la tarjeta, esa cláusula debe
ser transparente. Y esto significa que la entidad tenía que haber
informado, al tiempo en que se contrató, de qué implica realmente tener
una tarjeta de este tipo, tanto desde el punto de vista jurídico como
económico.

 

El consumidor debe poder ser consciente de qué significa que tenga una
tarjeta revolvente, de cómo se liquidan las cuotas cada mes, de los riesgos
que asume al contratar una tarjeta de este tipo, riesgo que, entre otras
cosas, puede implicar que su deuda se eternice.

 

Las sentencias declaran también la nulidad de las tarjetas por abusividad
Ya son bastantes las sentencias que se están dictando que anulan este tipo
de tarjetas por abusividad, por ser tarjetas sobre las que no se ha dado
ninguna información previa al consumidor y, menos aún, una información
clara y suficiente para que éste fuera plenamente consciente de lo que
contrataba.

 

Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
Cuando alguien falle ce, su patrimonio (bienes, derechos y tambié n deudas) pasa a sus herederos. Por eso, más que “recibir una herencia”, muchas veces lo que hay que hacer es gestionarla correctamente. La buena noticia: con la información adecuada, puedes evitar errores típicos. Primero: ¿hay testamento o no? Hay dos escenarios principales: Con testamento: se respetan las disposiciones del fallecido. Sin testamento: se aplica lo que marca la ley (orden de herederos). Este punto es clave porque cambia quién hereda y cuánto. ¿Qué pasos hay que dar normalmente? Aunque cada caso es distinto, el proceso suele incluir: Obtener el certificado de últimas voluntades Localizar el testamento (si existe) Identificar herederos y bienes Formalizar la adjudicación de herencia Pagar (si procede) los impuestos correspondientes El tema que muchos pasan por alto: las deudas Un error frecuente es pensar: “solo heredo lo bueno”. En realidad: Las herencias pueden incluir deud as Y la forma en que se acepta la herencia puede marcar mucho el riesgo ✅ Por eso es tan importante valorar si conviene aceptar de la manera más segura posible (por ejemplo, a beneficio de inventario cuando proceda). Impuestos en una herencia: no es “solo papeleo” En general, suelen intervenir impuestos como: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Posibles cargas relacionadas con inmuebles (según el caso) Además, hay plazos para cumplir y no conviene dejarlos para el final. ¿Te ayuda un abogado de herencias? Sí. Un buen asesoramiento permite: Revisar el testamento y la situación real del patrimonio Calcular correctamente herencias y cuotas Evitar errores en trámites e impuestos Estudiar opciones si hay deudas o incertidumbre sobre el alcance de la herencia
Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
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Por Alejandro Bancalero • 25 de septiembre de 2026
¿Qué significa “incapacidad laboral”? Cuando hablamos de incapacidad laboral, nos referimos (en términos generales) a situaciones en las que una persona no puede trabajar o no puede hacerlo en las mismas condiciones debido a una enfermedad o lesión. En España, estas solicitudes se tramitan normalmente ante la Seguridad Social (INSS), y el resultado depende de la valoración del estado médico y su impacto laboral. Tipos de incapacidad: Aunque existen varias figuras, suele entenderse así: Incapacidad temporal (IT): mientras estás en tratamiento y se espera recuperación. Incapacidad permanente: cuando la situación se considera estable y con limitaciones duraderas. Dentro de la incapacidad permanente, hay grados como: parcial total absoluta gran invalidez Lo importante es que se valora lo que puedes o no puedes hacer, no solo el diagnóstico. ¿Qué requisitos suelen mirar? Aunque depende del caso (y del tipo de incapacidad), suelen valorarse aspectos como: informes médicos y pruebas evolución de la enfermedad limitaciones funcionales (qué afecta a tu día a día y trabajo) historial laboral y circunstancias personales período de cotización (cuando corresponda) ✅ Un punto clave: la documentación médica debe ser clara y útil, no solo “tener papeles”. ¿Cómo deciden si te conceden la pensión? La Seguridad Social analiza la información disponible y realiza una valoración. En la práctica, suelen ser determinantes: informes que describan con precisión limitaciones coherencia entre el trabajo habitual y la capacidad real que el expediente esté bien construido y actualizado ⚠️ ¿Qué errores hacen que te la denieguen? Entre los más frecuentes: falta de informes relevantes o incompletos informes que no explican “impacto laboral” discrepancias entre lo que dices y lo que consta (o lo que se valora) no recurrir en tiempo o no aportar la prueba adecuada ✅ Si te la deniegan: ¿se puede reclamar? En muchos casos, sí. Lo importante es: revisar el motivo exacto de la denegación preparar una estrategia según tu situación aportar pruebas médicas y argumentos correctos para mejorar el caso ¿Por qué te conviene un abogado en estos trámites? Porque en incapacidad no basta con “tener una enfermedad”: hay que defender jurídicamente y con prueba médica adecuada: Preparar reclamaciones/recursos cuando proceda Ordenar la documentación Orientar sobre el grado que tiene más encaje según tu caso ¿Te han denegado o estás tramitando una incapacidad? Si necesitas ayuda para valorar tu caso o recurrir una denegación, escríbenos: Email: contacto@bancaleroabogados.com WhatsApp: 654351626
Por Alejandro Bancalero • 16 de septiembre de 2026
1) ¿Qué documentos son im prescindibles antes de firmar nada? Certificado de defunción, últimas voluntades y testamento (si existe), identificación de herederos y documentación de bienes y deudas (cuentas, inmuebles y pasivo). 2) ¿Qué pasa si no todos los herederos quieren firmar la partición? Si no hay acuerdo, puede ser necesario acudir a mecanismos de resolución extrajudicial o plantear la vía judicial para desbloquear la partición/inventario. 3) ¿Cómo puedo protegerme si sospecho que faltan bienes en la herencia? Exige un inventario completo, solicita información por escrito y conserva la documentación. Si hay omisiones, tendrás más base para reclamar. 4) ¿El conflicto familiar afecta a los impuestos de la herencia (ISD)? Normalmente no “paran” las obligaciones fiscales. Suele existir un plazo general de 6 meses desde el fallecimiento para declarar el ISD, con posibilidades de prórroga en supuestos concretos. 5) ¿Qué debo hacer si hay deudas del causante que desconocía? Reúne justificantes del pasivo y analiza su impacto en el inventario y la estrategia. Es clave para evitar decisiones precipitadas. 6) ¿Puedo negociar una salida sin llegar a juicio? Sí, normalmente se intenta primero con propuestas documentadas, requerimientos formales y acuerdos. Si el bloqueo continúa, la vía judicial puede ser la solución. 7) ¿Cómo evito que me acusen de “gestionar mal” la herencia? No gestiones sin control: documenta actuaciones, pide información por escrito y evita decisiones sin claridad sobre bienes y pasivo. 8) ¿Qué plazos debo vigilar además del ISD? Además del ISD, revisa los plazos vinculados a obtención de documentación, actuaciones notariales y cualquier requerimiento o procedimiento que se inicie. La clave es no dejar pasar tiempo sin estrategia.
Por Alejandro Bancalero • 16 de septiembre de 2026
Cuando una persona tiene una enfermedad o lesión que reduce de forma importante (y previsiblemente estable) su capacidad para trabajar, puede solicitar una Incapacidad Permanente ante el INSS. En este artículo explicamos, de manera divulgativa, los pasos principales: qué hacer, cómo funciona la solicitud, cómo se cobra la prestación y qué hacer si te deniegan o te conceden un grado menor. 1. Identifica si puedes pedir Incapacidad Permanente Para que tenga sentido solicitarla, normalmente se requiere que la situación sea: estable o de larga duración que produzca limitaciones reales para trabajar Importante: aunque muchas personas lo relacionan con “no poder trabajar”, lo relevante jurídicamente es el impacto funcional en tu profesión o actividad habitual. 2. Reúne la “prueba” médica (clave) El INSS no decide solo por el diagnóstico, sino por lo que el cuadro clínico provoca y cómo afecta a la capacidad laboral. Documentos que suelen ser esenciales informes médicos de especialistas pruebas diagnósticas (analíticas, radiografías, resonancias, etc.) informes de evolución del proceso tratamientos aplicados y respuesta secuelas o limitaciones funcionales Recomendación práctica Busca que los informes expliquen limitaciones concretas (por ejemplo: movilidad reducida, limitación de esfuerzo, limitación cognitiva, necesidad de pausas, etc.). 3. Solicita la incapacidad permanente ante el INSS El INSS valora el expediente médico y determina el grado de incapacidad: si reconoce o no la prestación y qué grado corresponde En algunos casos, el INSS puede requerir valoraciones adicionales o documentación complementaria. Consejo: conviene presentar el caso con un expediente ordenado, donde la parte médica y la limitación funcional estén bien documentadas desde el inicio. 4. Entiende los “grados” para saber qué prestación podrías recibir El INSS puede reconocer distintos niveles de incapacidad. El grado determina, en términos generales: el tipo de prestación la cuantía y, según el caso, condiciones asociadas 5. ¿Cómo se cobra la prestación? (lo práctico) ¿Cuándo se empieza a cobrar? Depende del momento procesal y, sobre todo, de los efectos económicos que determine el INSS en tu resolución. En la práctica, lo clave es revisar: la fecha de efectos económicos el sistema de pago (habitualmente mensual) si existe alguna actualización aplicable ¿Dónde se confirma el cobro? El INSS notifica una resolución donde se indica: el grado reconocido (si procede) el tipo de prestación cuantía y efectos Tu siguiente paso será revisar la resolución con detalle para confirmar cuándo y en qué términos empieza el pago. 6. Si te deniegan o te conceden un grado menor: qué hacer Si no estás conforme, normalmente el camino consiste en: revisar la resolución y entender el motivo de la decisión valorar si procede reclamar o recurrir (según corresponda a tu caso) preparar una estrategia basada en prueba documental y médica En estos supuestos, suele ser decisivo contar con: informes actualizados pruebas complementarias cuando falten una argumentación coherente con las limitaciones reales y la capacidad para el trabajo 7. Errores comunes que debes evitar aportar informes poco claros o desactualizados quedarse solo en el diagnóstico sin concretar limitaciones funcionales no revisar fechas y posibles plazos no atacar lo que el INSS consideró determinante esperar sin preparar bien el expediente desde el inicio Conclusión Si tu objetivo es solicitar y cobrar una Incapacidad Permanente, el enfoque más eficaz suele ser: reunir informes y pruebas médicas claras presentar una solicitud ante el INSS con un expediente ordenado confirmar el grado y revisar la resolución con detalle comprobar efectos económicos y forma de pago si hay denegación o grado insuficiente, reaccionar con estrategia probatoria
Por S00124743000 S00124743000 • 14 de septiembre de 2026
¿Qué es una Herencia Compleja?
Por Alejandro Bancalero • 14 de septiembre de 2026
Guía de Actuación Práctica ¿Qué hacer cuando la empresa no paga? ÍNDICE 1. Introducción 2. Paso 1: Reúne pruebas y documentación 3. Paso 2: Define exactamente la cantidad adeudada 4. Paso 3: Reclamación formal a la empresa 5. Paso 4: La vía laboral 6. Paso 5: Actúa sin demora 7. Paso 6: Supuestos de urgencia 8. Paso 7: Posibles desenlaces 9. Contáctanos 1. INTRODUCCIÓN Si eres trabajador/a y tu empresa no te paga las cantidades que te corresponden, es comprensible tu preocupación. Sin embargo, con un enfoque ordenado y basado en derecho, puedes avanzar y proteger tus derechos de forma efectiva. Esta guía te explica, de forma clara e informativa, los pasos a seguir cuando hay impago salarial en España. 2. PASO 1: REÚNE PRUEBAS Y DOCUMENTACIÓN Lo que no se documenta, se pierde Antes de reclamar, asegúrate de tener claro: “qué, cuánto y desde cuándo”. La documentación es tu mejor aliado. Reúne lo siguiente: • Nóminas de los meses con impago • Contrato de trabajo (original o copia) • Convenio colectivo aplicable (si lo posees) • Listado detallado con períodos, fechas y cantidades debidas • Justificantes bancarios de pagos parciales (si los hay) • Comunicaciones con la empresa: emails, mensajes, cartas certificadas Consejo: Guarda todos los originales en una carpeta. Si algún documento está digitalizado, asegúrate de que sea legible. 3. PASO 2: DEFINE EXACTAMENTE LA CANTIDAD ADEUDADA Precisión es clave en toda reclamación Elabora una lista clara y detallada que incluya: • Importe total adeudado (cifra en euros) • Concepto: salario base, horas extra, pluses, pagas extraordinarias, etc. • Período al que corresponde (fecha de inicio y fin) • Desglose mensual o por concepto • Si la empresa lo reconoce o lo niega Ejemplo de desglose: Mes Concepto Importe (€) Estado Julio 2026 Salario base 1.200,00 Impagado Agosto 2026 Salario base + extras 1.450,00 Impagado TOTAL 2.650,00 4. PASO 3: RECLAMACIÓN FORMAL A LA EMPRESA Escribe a la empresa y deja constancia Aunque la conversación informal parezca suficiente, en caso de impago lo más efectivo es reclamar por escrito. Esto crea un registro oficial de tu reclamación. Qué debe incluir tu reclamación: • Que existe un impago de salarios (detallado) • Qué período está afectado • El importe exacto y los conceptos impagados • Que solicitas el abono en un plazo determinado (15 o 30 días) • Que pides respuesta por medio que deje rastro Medios recomendados para enviar la reclamación: 1. Burofax (carta certificada con acuse de recibo) 2. Email certificado 3. Correo certificado con acuse de recibo Objetivo: No solo pedir dinero, sino dejar constancia oficial de que reclamaste, cuándo y cuánto. 5. PASO 4: LA VÍA LABORAL - RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Si la empresa no responde o rechaza el pago En España, el impago salarial se tramita por la jurisdicción social mediante una reclamación de cantidad. Cómo funciona: 1. Se reclama el dinero debido con documentación adjunta 2. Se aporta toda la prueba documental disponible 3. Se resuelve según las normas del procedimiento laboral 4. Si hay condenación, la empresa debe abonar lo adeudado más intereses y costas Ventaja: La reclamación puede favorecer acuerdos previos, pero si no hay solución, el proceso garantiza exigir el cobro. 6. PASO 5: ACTÚA SIN DEMORA El tiempo no juega a tu favor Esperar demasiado puede complicar las cosas por varios motivos: • Se pierde documentación o contexto • Aumenta la confusión sobre conceptos y cuantías • Se retrasa significativamente el momento del cobro • La empresa podría desaparecer o entrar en insolvencia Por eso, lo recomendable es mover ficha pronto: ordena las pruebas y presenta la reclamación sin dilación. 7. PASO 6: SUPUESTOS DE URGENCIA Prioriza tu reclamación si ocurre alguno de estos supuestos: • El impago es repetido (afecta a varios meses consecutivos) • Los importes son significativos para tu economía • La empresa no responde a tus comunicaciones o te da largas • Hay señales de que la empresa podría entrar en dificultades (ERTE, suspensión, etc.) • La empresa ya ha incumplido anteriormente 8. PASO 7: POSIBLES DESENLACES Qué puede pasar después de reclamar: • La empresa regulariza y paga (total o parcialmente) • Hay negociación y se alcanza un acuerdo • Se inicia procedimiento laboral y se condena a la empresa • Se obtiene reconocimiento de la deuda (importante para otras acciones) En cualquier escenario, reclamar con orden y documentación te coloca en una posición mucho más fuerte. 9. CONTÁCTANOS ¿Necesitas ayuda con tu caso de impago salarial? En BANCALERO ABOGADOS podemos ayudarte a: • Revisar tus nóminas y concretar la cantidad exacta reclamada • Preparar tu reclamación formal con soporte documental • Valorar tu estrategia para reclamar en vía laboral • Acompañarte en todo el proceso para recuperar lo adeudado DATOS DE CONTACTO Email: contacto@bancaleroabogados.com Teléfono: 955 10 15 85 / 654 35 16 26 Ubicación: Sevilla, Madrid, Málaga Escríbenos y solicita una valoración gratuita. Te ayudaremos a entender tu situación y a decidir el mejor paso para recuperar las cantidades impagadas. BANCALERO ABOGADOS - Documento informativo - Septiembre 2026
Por Alejandro Bancalero • 1 de septiembre de 2026
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Por Alejandro Bancalero • 1 de septiembre de 2026
Herencias en 2026: menos reforma legal, más vigilancia fiscal
Por S00124743000 S00124743000 • 1 de septiembre de 2026
El Supremo humaniza la buena fe: el caso del pensionista que marca doctrina en 2026
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