Trabajo multará con 225.000 euros a los que cobren paro y hagan esto

2 de abril de 2025

Podría suponer además la devolución de la prestación si se trata de una infracción realmente
grave

El desempleo se mantiene como uno de los más pesados lastres de nuestro país, y si le
sumamos los fraudes no hay nada más que hacer. En esta línea, la Inspección de Trabajo ha
endurecido las sanciones contra aquellos que piensan que pueden engañar a la administración
y compatibilizar empleo irregular con prestaciones del SEPE, infracción considerada como muy
grave por la legislación vigente.

 

Consecuencias legales


Cada vez son más frecuentes los casos en los que una empresa da de alta a un trabajador que
está cobrando el paro sin inscribirlo como es debido en la Seguridad Social. Hacer esto se
considera una falta tan grave que podría llegar a suponer una penalización que va desde los
751 euros hasta 225.018 euros.

 

De hecho, tal y como se recoge en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden social,
además de la multa se exigirá devolver todas las cuantías percibidas del SEPE durante el
periodo en el que se estuvo cobrando indebidamente.

 

En el artículo 40 de esta normativa se detalla la cuantía a la que podrían ascender las
sanciones, dependiendo de si la Inspección la considera como grave, muy grave en grado
medio o muy grave en grado máximo según varios factores, como el número de trabajadores
en situación irregular o el tiempo de duración del fraude:

 

Las infracciones consideradas graves serán como mínimo de 751 euros y como máximo de
7.500 euros.


Las infracciones consideradas como muy graves (en grado medio) oscilarán entre los 30.001
euros y los 120.005 euros.


Las infracciones consideras como muy graves (en grado máximo) podrían ir desde los 120.006
euros hasta los 225.018 euros, siendo esta la cuantía mas elevada.


Para evitar incurrir en un delito, lo mejor es informar directamente al SEPE de cualquier
cambio -es el beneficiario de la prestación el que debe notificar a la administración cuando se
incorpore a un empleo y no al contrario- y comunicar el alta con antelación, tarea que corre de
parte del empresario.

 

Multas también por rechazar entrevistas de trabajo


El SEPE aclara en su página web que el beneficiario de una prestación por desempleo podría
enfrentar una sanción por infracción grave si no se presenta a las ofertas de empleo que le
lleguen, pudiendo llegar a perderla si lo hace al menos en tres ocasiones.

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